16 DÍAS DE ACTIVISMO CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
* Urge tipificar "feminicidio", homicidio es insuficiente: Yllán
-- Más metodología y menos asistencialismo
Por Silvia Núñez Esquer/corresponsal
Hermosillo, Son., 4 dic 08.- Es necesario el tipo penal "feminicidio", afirmó la maestra Bárbara Yllán Rondero, quien estuvo en esta ciudad para capacitar a personal del sistema de procuración de justicia y para impartir la conferencia: "El Impacto del Programa en las Políticas Públicas para Atender, Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia hacia las Mujeres", actividades llevadas a cabo en octubre y noviembre pasados, respectivamente.
Yllán, ex directora general de Atención a Víctimas del Delito de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, dijo en entrevista que es importante que contemos con un modelo y en materia de legislación con el tipo penal "feminicidio".
"Evidentemente, toda la atención que se nos ha dado a las mujeres en el pasado era de una manera asistencial, improvisada, sin una metodología clara y precisa", afirmó la Maestra en Derecho por la UNAM, invitada a Hermosillo por el Instituto Sonorense de la Mujer.
Advirtió que es hora de reconocer que la atención que reciben quienes sufren la violencia, quienes sufren el problema de que el Estado no haya podido erradicar la violencia, son las mujeres y que ya requerimos que esa atención sea bajo una metodología, evaluada debidamente, cuyo impacto permita evidentemente quitar los lastres de la violencia y bajo la supervisión por gente que esté debidamente entrenada.
MODELOS DE ATENCIÓN
Al referirse a los Modelos de atención en materia de violencia de género, opinó que particularmente en Sonora la preocupación es que las mujeres tengan esta atención focalizada a modelos.
La especialista diferenció que no es lo mismo un diagrama de flujo que un modelo de atención, ya que el segundo, además de llevar una metodología, se compromete con una ideología a partir de la cual se trabaja.
El modelo que se cree e implemente debe contener un marco teórico, una metodología que será la guía científica del trabajo, detalla la especialista.
EL TIPO PENAL "FEMINICIDIO"
En relación al tipo penal "feminicidio", explicó que es una de las 36 recomendaciones que hace la CEDAW a México, "es muy importante que haya tipo penal porque ni el homicidio simple, ni el homicidio calificado ejemplifican los excesos de la violencia que llevan a las personas a privarlas de la vida", sentenció.
Añadió que evidentemente un tipo penal feminicidio implica acotar muy bien quÉ tiene que ser la pérdida de la vida de estas mujeres bajo circunstancias particulares, que no existen en la ley, que no están reguladas en nuestra legislación, como puede ser el tener lesiones infamantes, como puede ser haber vivido situaciones de misoginia o a lo que ella ha dado en llamar la "sobre victimización" o "posvictimización".
Ésta la describe como aquella que se da cuando, después de que las mujeres han sido asesinadas, se diseña una escena del crimen. Los tipos penales actuales no permiten realmente conocer las dimensiones del problema.
La negligencia del Estado mexicano en su conjunto, al no tener estos datos, no nos da claridad, como sucede en España, y no se sabe qué tan profundo es el fenómeno y cuáles son las vertientes o las causales más fuertes para el tema de mujeres, explica la también fundadora y directora del Centro de Atención a Víctimas del Delito Violento en el DF.
RESISTENCIA Y RECHAZO
En México no existe el tipo penal feminicidio y el intento que hizo en el estado de Chihuahua la diputada Victoria Chavira Rodríguez, el 18 de septiembre de 2007, fue rechazado.
-- ¿Por qué la resistencia de los congresos a aceptar que hay un tipo penal distinto que no sea el homicidio con sus variantes? Incluso se menciona la pena de muerte, sin embargo, no aceptan que haya el feminicidio como algo exacto -se le pregunta.
-- Yo creo que cuando hablan de la pena de muerte no hablan en serio y es una reacción política y no jurídica, porque si realmente pensaran habría estas iniciativas. Tal vez el feminicidio implicaría darle una importancia que para muchos no tiene, bajo el argumento de que en los últimos meses habrían muerto más hombres que mujeres por los conflictos con el crimen organizado.
"Esto puede ser cierto, reflexiona la experta, pero la diferencia no está en el número de asesinatos, sino en cómo matan a unos y cómo matan a otras, cómo en el caso de las mujeres siempre está asociado el contexto sexual y se diseña la escena del crimen".
Agrega que hay agresiones sexuales asociadas muchas veces a la pérdida de la vida y esto se puede ver hoy día no sólo en los extremos del feminicidio, sino en los secuestros, por ejemplo.No sufre igual un hombre, aunque haya un mayor número de hombres secuestrados o niños varones, que las mujeres donde, además del secuestro, siempre está asociado a un delito de carácter sexual.
Es decir, el tipo de victimización que las mujeres viven es un tipo que el Estado debe atender y que, en este ejercicio democrático y de protección a sus ciudadanas, necesariamente debe de tipificar en el "feminicidio".
LA LGAMVLV NO ES AÚN DEL DOMINIO PÚBLICO
Con respecto a Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, preguntamos a la maestra Illán qué tanto identificamos las mujeres la violencia institucional y la comunitaria, reveladas y establecidas en dicha norma.
"Lamentablemente, dice, muy poco. Creo que este conocimiento de los tipos y modalidades de violencia es un conocimiento muy de élite, es decir, lo tienen: los mecanismos de adelanto de las mujeres, las mujeres que estudian condición femenina, las feministas". Lamentablemente, agregó, no es del dominio público. No se ha logrado socializar la ley hacia las mujeres.
08/SNE/GG
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