Inconstitucional la reforma a la Constitución de Sonora
Son componendas preelectorales entre partidos opina reconocido abogado
Silvia Núñez Esquer
Hermosillo, Son., 22 octubre 08.- Como inconstitucional calificó el licenciado Lorenzo Ramos Félix, la reforma al artículo primero de la constitución de Sonora, aprobada ayer, que protege la vida del embrión desde su concepción.
Fue un proceso sumamente desaseado dice el maestro de Derecho, ya que se violentó el proceso legislativo para aprobarla ya que no se hizo un dictamen previo, sino que se pasó directamente al pleno.
Ramos Félix informó en entrevista que hay normas para reformar la constitución del Estado, mismas que obviaron. Primero debe pasar a la Comisión de Gobernación y puntos constitucionales, y ésta dictaminar la iniciativa, lo que no ocurrió.
“No se puede reformar de buenas a primeras”, dijo. Consideró que el apuro por aprobarla que llevó a violentar los procedimientos, en términos reales fue una concesión a los sectores más retrógradas de la clase media.
Agregó que tanto PRI como PAN, se están jugando la preferencia electoral del 2009, y que está seguro que la despenalización del aborto será un tema de campaña. Es una posición hipócrita ya que el proceso legislativo, el cause legal se violentó, opina.
No hay la menor intención de proteger la vida, abundó. En cuanto a la intencionalidad de la reforma, la materia legal, implica una violación directa a las normas constitucionales. “Porque ellos están haciendo una concepción de vida humana, que sólo compete al ámbito federal a través de la Ley General de Salud”, explicó.
La legislatura local, se arrogó la facultad que sólo puede hacer el legislador federal, a través de la Ley General de Salud. Si fuera correcto el procedimiento para definir la concepción de vida humana, cada entidad tendría su propio concepto y sería una verdadera “Torre de Babel” para definirla.
“Aquí lo que trató es de emparejarse que ni el PRI ni el PAN tuviera ventaja sobre el otro. Y obviamente hacen una reforma a “troche y moche”, que lo único que hace es evidenciar hasta qué punto ellos están dispuestos a llegar en términos de ganarse al electorado”, afirmó.
Resaltó que la tutela de los derechos fundamentales que pretende el artículo primero reformado, es el derecho fundamental de la vida. Lo que debió ser, dijo, es “que el Estado no violente la vida”, puesto que eso es lo que tutela la constitución. Pero eso no significa que se pueda meter en las cuestiones de los particulares.
En términos políticos lo que sigue es que más de la mitad de los municipios se pronuncie a favor o en contra. O bien, promover una acción de inconstitucionalidad. Lo que sí procede aquí es que cualquier mujer que en Sonora aborte aún con esta reforma, tiene expedito su derecho para irse en amparo, apoyada en la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, para impugnar tanto la reforma, como el procedimiento.
Recordó que la SCJN definió en jurisprudenc ia que la interrupción del embarazo hasta las 12 semanas es legal, “esa es una determinación que todos los jueces del país deben acatar”, sentencia. Si una mujer en Sonora, decide abortar con todo y las reformas constitucionales, y se le procesa por eso, esta persona, puede ampararse. La constitución en Sonora, no puede ir en contra de lo que dice la constitución federal, afirma contundente.
Al margen de las arbitrariedades del proceso legislativo, evalúa que de todas maneras el aborto es un problema social que sólo siendo hipócritas lo podemos ocultar, pues se da todos los días, sólo que se hace en condiciones de clandestinidad, por lo que no significa que estas reformas paren el aborto.
El experto en Derecho constitucional, reveló que en los últimos cinco años sólo cuatro casos de abortos inducidos han llegado a tribunales y de ellos sólo uno ha llegado a sentencia. “Estamos hablando de posiciones fariseas que son más posiciones hipócritas, que no pueden ocultar una situación”, subraya.
Cualquier mujer que aborte en el estado de Sonora, puede ampararse ante un juez de distrito aduciendo la jurisprudencia de la SCJN, porque es no punible si ocurre en las primeras 12 semanas de gestación.
Afirmó que finalmente encontramos que nada ha cambiado, solamente se ha tendido una cortina de humo, en vísperas de las votaciones del año entrante, porque si una reforma se hizo violentando lo que establece la Ley General de Salud, que junto con la constitución federal forman lo que se llama bloque constitucional, contra ese bloque no puede ir ninguna ley estatal.
Si la ley general no menciona un concepto de vida, no es el legislador estatal el indicado para el concepto, es un problema de competencias, según el artículo 73.
Aquí se debería hacer un acto de aplicación de la ley. Encontrarnos frente a un caso concreto para irse con la ley de amparo, y es efectivo tanto como la acción de inconstitucionalidad. Fue un proceso legislativamente muy desaseado, opina.
Finalmente expresó que es obvio que el gobernador está al frente de la reforma, y son corresponsables los dos partidos. Una medida política sería hacerle un planteamiento al gobernador para que vete. Alguien tiene que parar a esta gente por la atrocidad que cometieron, dice.
Lo que pretenden es pavimentarse el camino de las elecciones del año que entra. “Aquí no tiene vuelta de hoja, todavía vivimos en un estado en donde las grandes decisiones las sigue tomando el gobernador”, los diputados Fernández, y el Maloro no son más que mandaderos del gobernador. Aquí el problema es que los grupos derechistas trataron de “madrugar” a la gente progresista”, analiza.
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