Estado de Derecho debe estar por encima de ideas
confesionales
Silvia Núñez Esquer
Chihuahua, México, 8 septiembre 2016.- Las jerarquías
católica y de otras iglesias no deberían involucrarse en los temas que tienen
que ver con la sexualidad de las personas, afirmó Ana Lidia Murillo Camacho
activista por los derechos sexuales y reproductivos y contra la violencia de
género.
La presidenta de la Asociación Sinaloense de Universitarias
indicó que las iglesias no deberían hacer la exigencia, como lo han estado
haciendo, de que se niegue el matrimonio igualitario, pues es violatorio de
derechos humanos.
Es una invasión a una esfera que no es de su competencia, no
se les debería de permitir hacer marchas, simplemente porque hay un reglamento
que establece esa prohibición a lo que tiene que ver con cuestiones ideológicas
y religiosas.
Es una posición que no se puede imponer a los demás, por lo
que se debería aplicar el estado de derecho. La Secretaría de Gobernación
debería de actuar en ese sentido, y precisar los límites que tiene la actuación
que tienen los grupos religiosos en la política pública.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sido muy clara
en otorgar los amparos a los artículos que se han impugnado, tanto del código
familiar como de los códigos civiles de los Estados de la República, en donde
el derecho al matrimonio igualitario debe ser un derecho ejercido de manera
plena, sin limitación alguna y mucho menos en la cuestión del sexo de las
parejas.
El llamado Frente Nacional por la Familia obedece las
directrices de las jerarquías eclesiásticas, son grupos confesionales. Pueden
ser asociaciones civiles, pero son confesionales. Aunque no se asuman como tal,
sus hechos lo están denotando.
Es muy diferente que tengamos una sociedad civil organizada,
nosotras estamos constituidas como AC, pero no nos metemos con esas cuestiones
que tienen que ver con una postura confesional. Nos hace falta conocer
realmente de qué estamos hablando, dice.
Es muy fácil estar
tergiversando y utilizando el marco legal a conveniencia para perseguir fines
que nos ajenos a una política pública de un Estado laico.
Si ellos no se quieren casar con una pareja del mismo sexo,
es su decisión, pero las parejas del mismo sexo que quieran casarse están en su
derecho. La aplicación del Estado de Derecho debe de respetarse y el matrimonio
no tiene por qué discriminar a personas del mismo sexo.
Esas ideas son confesionales porque son parte de un credo
religioso, no podemos permitirlas, no podemos aceptar un discurso que es
contrario a los derechos humanos y a una sociedad democrática que debe ser
incluyente.
Si yo me quiero casar es mi decisión, pero no puedo exigirle
a una autoridad: “No la cases a ella”. Mi participación ciudadana implica que
el Estado proporcione lo que la población necesita. Si hay población en
situación de vulnerabilidad por su condición en que se encuentra, social,
económica, religiosa, o por alguna otra condición, que el Estado lo garantice.
La reivindicación de derechos de grupos en situación de
vulnerabilidad no puede estar sujeta a ideas confesionales, ideas religiosas
que deben estar aparte, no pueden predominar en una sociedad democrática, en un
Estado de Derecho.
La diversidad es para celebrarse y por ello en Sinaloa la
Marcha de la diversidad que se celebró el pasado 27 de agosto, misma que tiene
carácter incluyente. Marchan los diversos grupos de la sociedad, cada vez se
suman más personas que patrocinan la marcha, apoyando para que sea una fiesta
que celebra la diversidad.
La denuncia
Ana Lidia Murillo expuso que junto con la organización
Matrimonio Igualitario, impulsaron una denuncia ante la Secretaría de
Gobernación, la cual interpusieron el pasado 5 de septiembre.
Dirigido a Humberto Roque Villanueva, Subsecretario de
Población, Migración y Asuntos Religiosos de la Segob, el documento enlista uno
a uno los motivos para denunciar entre otras asociaciones religiosas a la
Arquidiócesis Primada de México, A.R.
Algunos de estos
actos motivos son: Violación al artículo 130 de la Constitución Federal
por utilizar su publicación “Semanario Desde la Fé” para oponerse a las leyes
del país, específicamente al derecho a la no discriminación.
Violación al artículo 8 de la Ley de Asociaciones Religiosas
y Culto público por: Oponerse a las leyes del país, concretamente a la no discriminación
contenido en el artículo 1º de la
Constitución Federal.
No respetar las doctrinas ajenas a su religión porque
fomenta un discurso que descalifica a quienes no coinciden con los dogmas de su
credo, específicamente en cuanto a la definición y fines de la institución
matrimonial.
Actuar contra su deber de propiciar el respeto a los
derechos humanos ya que promueven un discurso de discriminación hacia las
personas con base a su orientación sexual.
Violación al artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Religiosas y Culto Público por hacer proselitismo político al llamar a no votar
por candidatos o partidos que apoyen el derecho a la no discriminación en su
expresión de acceso al matrimonio entre personas del mismo sexo.
En Tijuana, México, la Comunidad Cultural de Tijuana LGBTI,
A.C. se unió a la denuncia contra la Arquidiócesis de Tijuana A.R. por
violación a la Constitución Federal y a la Ley de Asociaciones Religiosas
durante un acto de culto público del Obispo Francisco Moreno Barrón.
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